26 septiembre, 2009

PARA JAKE

AMALUR - 26/04/2009
Estimado Jake (es de suponer que es un seudónimo). Con mucho gusto voy a responderte a tus dudas esperando poder aclararlas. Esta es la ley que regula tu exposición LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), EN SU REDACCIÓN DADA POR LA LEY 4/1999, DE 13 DE ENERO(BOE núm. 12, de 14 de enero), POR LA LEY 24/2001, DE 27 DE DICIEMBRE (BOE núm. 313, de 27 de diciembre), POR LA LEY ORGÁNICA 14/2003, DE 20 DE NOVIEMBRE (BOE núm. 279, de 21 de noviembre), POR LA LEY 57/2003, DE 16 DE DICIEMBRE (BOE núm. 301, de 17 de diciembre), POR LA LEY 62/2003, DE 30 DE DICIEMBRE (BOE núm. 313, de 31 de diciembre) Y POR LA LEY 11/2007, DE 22 DE JUNIO (BOE núm. 150, de 23 de junio) http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/le/le30-1992.html#V Pero para ahorrarte el trabajo de leer todas las disposiciones (aunque te lo aconsejo), decirte que: En toda disposición Administrativa debe constar la fecha, Firma, Rubrica y Sello de la Administración que la ejecuta, careciendo de valor a efectos subsiguientes las notificaciones en las que no conste esos requisitos, debe de constar claramente el porque de las mismas con referencias claras a la ley si ello procediese y con pie de recurso, así mismo el funcionario encargado de entregar la resolución debe firmar y sellar dos copias una que será entregada al peticionario y otra firmada por el receptor para el Archivo de la Administración que podrá ser solicitada por el peticionario en cualquier momento para poder demostrar ante la Autoridad que así lo exija los tramites llevados a efectos, de no actuar conforme a lo establecido, la administración que haya cursado dichos tramites, esta vulnerando varios artículos de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, los cuales son y deben de ser denunciados. Espero que haya podido aclarar tus dudas. Un Saludo.
---------------------------------------------
PARA JUAN
AMALUR - 26/04/2009
Estimado Juan. Veo que sigues en la lucha, Juan, tus apreciaciones, no deben de pasar inadvertidas pero un consejo, ten cuidado, has vuelto a poner el dedo en la llaga como ya lo hiciste en anteriores ocasiones y el Consulado tuvo que rectificar y sacar una nota informativa así como redactar y publicar en su pagina Web un apartado de preguntas y respuestas. No se tu fuente informativa o ¿es que has trasladado tu verdadera profesión al ámbito de la Administración Publica? De todas las maneras un abrazo y cuidado.

0 comentarios: