JUAN GARCIA-VILLARACO - 27/07/2009
Carlos, todos los diputados,todos los ministerios inclusive el propio ZP, han recibido un correo formulandoles las mismas pregunata que tu te hace, les escribi dos veces, la tercera me llamaran al orden, y ya te puedes imaginar el porque, la segunda vez ya les dije que eran unos impresentables. pero mejor copio el extracto y lo pego aqui. Por cierto estate atento a las noticias por si acaso.
---------------------------------------------
SEGUNDA CRTA A LOS DIPUTADOS
JUAN GARCIA-VILLARACO - 27/07/2009
Hace ya días les envíe este mismo e-mail. se lo dirigí a todos los diputados sin tener ninguna respuesta por parte de nadie lo que me da a entender que todos ustedes, no representan al pueblo que les a votado. No soy el único que tiene problemas de esa misma índole y en ese mismo consulado, pero a ustedes les da lo mismo. No se que les parecería si todos los votantes al unísono propusiéramos una ley de que ustedes cobraran de verdad por su trabajo, por las horas dedicadas al bienestar de los ESPAÑOLES, QUE SOLO COBRARAN DE SUS AFILIADOS, me supongo que no les agradaría la idea, pues a mi no me gusta tirar mi dinero, esa es la impresión que me dan todos Ustedes. Ahora si quieren pónganme una querella o una demanda, pero antes lean la documentación adjunta no sea que alguien salga muy, pero que muy perjudicado. Atte. Dado que la concesión de visado a mi prometida para venir a España y hacer vida conyugal legalizada aquí, y casarnos aquí, no es posible, espero que ustedes me den una SOLUCION FACTIBLE y me puedan responder a las siguientes preguntas. - ¿Que ley rige la obligatoriedad de tener que casarme en un país extranjero para que le sea concedido un visado a mi pareja? - ¿Quién me ampara y con que medios tanto económicos como personales? - ¿Qué seguridad jurídica tengo? - ¿Qué requisitos son necesarios si desconozco las leyes del país? - ¿Por qué tengo que casarme cuando en este país puedo optar a la ley de parejas de hecho? - ¿Estará presente alguien de mi consulado amparándome en el caso de que tenga que celebrar la boda en país extranjero? - ¿El consulado puede luego negar ese matrimonio? ¿Por qué? ¿basándose en que? ¿Y si yo no reconozco a los funcionarios Consulares? - ¿En el caso del matrimonio leo que el consulado puede someterme a preguntas para verificación? ¿Pueden estar presente en las mismas un abogado y un notario para dar fe de dichas preguntas? - ¿Si por el contrario dichas preguntas se me hacen aquí, que función tiene el Consulado? - ¿Por qué razón legal tienen que estar separadas las parejas mientras la burocracia de este país funciona? - ¿Por qué si me casa un juez, luego un funcionario Consular debe constatar la veracidad del matrimonio? - ¿Es más fiable un funcionario Consular que un Juez sea del país que sea? - ¿Acaso no soy libre de elegir con quien deseo vivir y como (dentro de los márgenes legales)? - ¿Por qué en España no se hace lo mismo y se verifica los matrimonios tanto entre españoles como entre extranjeros? - ¿Es más un Juez Español que un Juez de otro país? - ¿Por qué a ciertas “personalidades políticas de la farándula o del espectáculo” no le ponen tantas trabas. - ¿Son distintas esas personas a las demás? - ¿No nos ampara las mismas leyes Constitucionales? - Y por ultimo ¿Por qué ME OBLIGAN A CASARME EN UN PAIS QUE NO ES EL MIO? Esperando tener respuestas a todas y cada una de las preguntas, se despide ESTO ES SOLO UN PRINCIPIO, ¿QUIEREN MAS DATOS SOBRE ESE CONSULADO Y SU ACTITUD? LEAN EN ESTA PAGINA http://www.desastres.org/noticias.php?id=20042005-6
---------------------------------------------
26 septiembre, 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)



0 comentarios:
Publicar un comentario