AMALUR - 11/07/2009
Estimado Dakar: Sigues obsesionado en lo referente al contrato de trabajo, decirte que cobrar aunque sea una ínfima cantidad por contratar, es ilegal y así esta estipulado en el código penal Español, la contratación de un trabajador sea de la nacionalidad que sea, lleva implita unas normas que tanto como empleador como trabajador deben de cumplir, una de ellas es que el propio empleador tiene que presentar el contrato de trabajo ante la Oficina correspondiente, el tramite es sencillo y el coste cero Euros, el empleador se compromete a abonar la cantidad especificada en el contrato al trabajador así como de pagar las tasas a la Seguridad Social, también debe de estar detallado las horas a trabajar y el periodo vacacional del trabajador. Todos esos contratos que mencionas, son absolutamente falsos y te aconsejaría que si tienes noticias de ellos, los pusieras en mano de la Justicia, solo necesitas las pruebas pertinentes de cómo te han ofrecido el contrato y en que circunstancias. Aprovecho la ocasión para añadir un pequeño comentario para Karina, creo recordar que en estas mismas paginas Juan expuso hace ya algún tiempo que el problema no era solo el Consulado Español, si no Europa con Francia y Alemania a la cabeza y he aquí que al final el tenia razón. Atentamente.
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26 septiembre, 2009
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