«Disposición adicional vigésima.
Normativa aplicable a
miembros de la familia de ciudadano español que no
tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la
Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo.
1. El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre
entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos
de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros
Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad,
y en los términos previstos por éste, a los familiares de
ciudadano español, cuando le acompañen o se reúnan con él,
y estén incluidos en una de las siguientes categorías:
a) A su cónyuge, siempre que no haya recaído el
acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial,
divorcio o separación legal.
22 julio, 2010
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